¿Puede La Declaración De Quiebra Salvar Su Casa De Una Ejecución Hipotecaria?

Si tiene dificultades para hacer sus pagos hipotecarios mensuales y enfrenta una ejecución hipotecaria, es posible que sienta que no hay salida. Una enfermedad repentina, un divorcio o la pérdida del trabajo pueden hacer que una persona se atrase meses en sus facturas y entre en un ciclo de deudas e intereses altos. En cierto punto, la cantidad de interés se convierte en un gasto mensual significativo y el nivel de deuda aumenta aún más rápido, lo que a menudo resulta en incumplimiento.

Declararse en quiebra puede ser la herramienta más poderosa para protegerlo de sus acreedores y volver a ponerlo en el asiento del conductor. Declararse en quiebra también puede proteger su casa de una ejecución hipotecaria. La capacidad de eliminar su segunda hipoteca en una bancarrota del Capítulo 13 junto con la modificación de su primera hipoteca es un indicador claro.

Una bancarrota del Capítulo 13 permite al declarante trabajar directamente con el administrador de la quiebra para preparar un plan de pago de tres a cinco años en el que el declarante paga parte o la totalidad de su deuda. Recuerde, solo los acreedores que presenten una prueba de reclamo a tiempo compartirán los pagos de bancarrota del Capítulo 13. Los clientes recibirán una condonación total de la deuda con los acreedores que no cumplan con estos requisitos.

Si está atrasado en los pagos de su hipoteca, el Capítulo 13 le permitirá ponerse al día gradualmente con sus pagos. En virtud de una bancarrota del Capítulo 13, se le permitirá conservar toda su propiedad, ya sea que esté cubierta por una de las exenciones de propiedad de Florida o no, siempre y cuando continúe haciendo los pagos mensuales según el plan. Una vez que se hayan pagado todos los pagos detallados en el plan, se eliminarán todas las deudas descargables.

Las exenciones por quiebra de Florida le permiten reclamar una cantidad ilimitada de equidad en su vivienda. Se ha dicho que el estado de Florida tiene una de las exenciones de vivienda más generosas de los 50 estados. Bajo la exención de vivienda familiar de Florida, puede eximir un valor ilimitado en su hogar u otra propiedad que estaría cubierta por la exención de vivienda familiar. Para poder utilizar la exención de vivienda familiar de Florida, debe haber sido propietario de la propiedad durante al menos 1215 días antes de declararse en quiebra, que es un poco más de tres años. Esta exención no significa, sin embargo, que pueda escapar de la deuda. Es importante que continúe haciendo los pagos de la hipoteca para conservar su casa.

Los pagos deben permanecer al día en la hipoteca durante el caso del Capítulo 13. Sin embargo, si su situación llega al punto en que enfrenta una ejecución hipotecaria, es muy probable que no esté al día con estos pagos. Sin embargo, es posible que el administrador de la quiebra pueda trabajar con su prestamista en una estructura de pago que le permita continuar pagando su hipoteca a una cantidad potencialmente menor. Usted pagará la deuda que se le debe al fiduciario, quien luego pasará el pago al prestamista hipotecario.

Tanto la bancarrota del Capítulo 7 como el Capítulo 13 otorgan al solicitante el beneficio de la suspensión automática, que detiene inmediatamente cualquier procedimiento de cobro de las deudas adeudadas, incluidos los procedimientos de ejecución hipotecaria. El prestamista puede solicitar que se levante la suspensión automática, pero esto solo puede hacerse mediante una petición formal al tribunal de quiebras. Si el fideicomisario de la quiebra puede demostrarle al prestamista que el plan de pago propuesto le permite al declarante ponerse al día con los atrasos hipotecarios adeudados, es posible que la ejecución hipotecaria se detenga para permitir que el declarante al menos intente ponerse al día.

Lo bueno de un plan de pago por bancarrota del Capítulo 13 es que le permite ponerse al día con los pagos hipotecarios anteriores sin tener que pagarlos todos a la vez. El plan debe distribuir el monto total adeudado por pagos atrasados ​​en el transcurso de tres a cinco años. Mientras se mantenga al día con los pagos de la hipoteca a través del plan de bancarrota del Capítulo 13, el prestamista hipotecario no puede perseguir la ejecución hipotecaria.

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