¿Qué sucede si un acreedor intenta cobrar una deuda durante la bancarrota?

Para cuando llegue al punto de declararse en quiebra, es probable que haya tenido varios acreedores que lo llamen con respecto a deudas impagas o incluso lo amenacen con demandas y embargo de salario. Una de las ventajas de declararse en quiebra es la suspensión automática. Esta suspensión automática entra en vigencia tan pronto como se presenta la petición de quiebra ante el tribunal, y efectivamente detiene todas las acciones de cobro durante el caso de quiebra.

Sin embargo, ¿qué sucede cuando un acreedor viola esta suspensión e intenta cobrar una deuda durante la quiebra?

La estancia automática

La estancia automática es solo eso: automática. Tan pronto como se registre la petición en el tribunal, los acreedores y los cobradores de deudas son informados de la acción y se les dice que dejen de tomar acciones de cobranza en su contra. Cuando se declara en quiebra, notifica al tribunal de todos los reclamos en su contra, enumerando todas las deudas y acreedores, para que estas empresas e individuos puedan ser informados de la quiebra. Si no incluye al cobrador de deudas o al acreedor en la presentación, no se le notificará a menos que usted se lo diga personalmente. Si un cobrador llama después de que se haya presentado la quiebra, debe informarle sobre el caso de quiebra. Si está representado por un abogado, este es un buen momento para transmitir esa información también. Nuestro bufete de abogados trata con los acreedores todo el tiempo para nuestros clientes, terminando las llamadas de acoso y ayudándolo a descansar bien por la noche.

Violación de la estancia automática

Si el acreedor o cobrador de deudas persiste en llevar a cabo la acción de cobranza y violar la suspensión automática, tiene varias opciones disponibles. Muchas veces, la violación inicial de una suspensión automática es un simple error cometido por el acreedor que no conoce la suspensión. Muchos acreedores corregirán inmediatamente el error una vez que se anote. Sin embargo, si es intencional y el acreedor o cobrador no detiene la infracción, tiene derecho a notificar al tribunal de quiebras. El tribunal de quiebras puede entonces sancionar al cobrador si se determina que está violando intencionalmente la suspensión. La violación se considera intencional si la suspensión estaba vigente y fue violada, el cobrador conocía el caso e ignoró la orden o no corrigió inmediatamente la acción, y el cobrador hizo este acto intencionalmente.

Las sanciones caen bajo el poder de desacato del tribunal de quiebras, ya que el cobrador está violando la orden del tribunal. Como resultado, se le puede ordenar al cobrador de deudas que pague multas, así como los honorarios de los abogados. Dependiendo de la violación, el tribunal también puede ordenar que el cobrador pague daños en el caso.

Si el cobrador continúa violando la suspensión automática, también puede presentar un reclamo bajo la Ley de Prácticas Justas de Cobranza de Deudas (FDCPA), la Ley de Informes de Crédito Justo y las leyes de prácticas comerciales desleales del estado. Hable con su abogado para ver qué tipo de recursos legales tiene a su disposición en estas situaciones.

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